Tribunal Constitucional elimina sanciones por relaciones intimas consensuadas entre militares y policías

Santo Domingo, D.N. – En una decisión considerada histórica para el marco jurídico dominicano, el Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales las sanciones penales que castigaban a miembros de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas por mantener relaciones sexuales consensuadas con personas del mismo sexo. La sentencia, identificada como TC/01225/25, ordena la expulsión definitiva de estas disposiciones del ordenamiento jurídico nacional.

El fallo, reseñado por medios como Diario Libre y La Nación, elimina los artículos 210 del Código de Justicia de la Policía Nacional (Ley 285) y 260 del Código de Justicia de las Fuerzas Armadas (Ley 3483), los cuales tipificaban la llamada “sodomía” como un delito y establecían penas de prisión para los involucrados, que iban desde dos meses hasta dos años según el rango del acusado.

✖ Normas declaradas inconstitucionales

Los jueces concluyeron que ambas disposiciones eran “ostensiblemente inconstitucionales”, por las siguientes razones:

  • Imponían una discriminación injustificada basada en la orientación sexual.

  • Violaban el principio de razonabilidad.

  • Afectaban derechos fundamentales como la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad y las condiciones del derecho al trabajo de los funcionarios públicos.

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El tribunal enfatizó que ningún agente, sin importar su rango, puede ser penalizado por mantener relaciones adultas y consensuadas fuera del ámbito laboral.

👥 Un precedente de alcance nacional

Los abogados accionantes, Anderson Javiel Dirocie De León y Patricia M. Santana Nina, celebraron la decisión y recordaron que, por su naturaleza, el fallo es vinculante y de cumplimiento obligatorio para todas las instituciones estatales.

La sentencia recibió el respaldo de la Procuraduría General de la República y del Senado, aunque algunos magistrados emitieron votos disidentes alegando que estos artículos ya habían quedado sin aplicación debido a reformas previas. Sin embargo, el TC concluyó que era necesario un pronunciamiento expreso que garantizara seguridad jurídica y cerrara cualquier brecha de interpretación.

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🔍 Un cambio significativo para cuerpos castrenses y policiales

Con esta decisión, el Tribunal Constitucional establece un precedente que refuerza el respeto a los derechos humanos dentro de las instituciones militares y policiales, reconociendo la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y eliminando sanciones consideradas discriminatorias durante décadas.

El fallo, que ya se considera un punto de inflexión en la normativa disciplinaria del país, abre la puerta a futuras revisiones de reglamentos que aún pudieran contener disposiciones incompatibles con la Constitución y los estándares internacionales de derechos humanos.